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BONIFICACIONES CANAL ISABEL II

Canal de Isabel II contempla en sus tarifas distintas bonificaciones para atender las necesidades de sus clientes. A continuación te indicamos las más usuales, si quiere más información puede acceder a la página web del Canal de Isabel II

Por exención social

¿Qué son las bonificaciones del Canal Isabel II?

¿Qué se bonifica?

Con esta bonificación, abonará únicamente el 50% del importe de la cuota fija de servicio. En cuanto a la parte variable estará bonificada completamente hasta 25 metros cúbicos al bimestre, es decir, 417 litros al día gratuitos.

Esto significa que, para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

Esta bonificación no es compatible con la bonificación por pensión de viudedad.

Por pensión de viudedad

¿Qué se bonifica?

Se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, lo que supone rebajar la factura de agua un importe medio de casi 9 euros al bimestre.

Esta bonificación no es compatible con la bonificación por exención social.

Por familia numerosa

¿Qué se bonifica?

Familia numerosa General

Una familia numerosa General, pagará el consumo realizado en el segundo bloque tarifario a precios del primero, y además contará con una reducción del importe de la parte variable de la factura en un 10%. Por ejemplo, para un consumo de 50 m3 al bimestre (hasta 833 litros al día) y contador de 15 mm, el ahorro sería de 15,23€, pasando de pagar 74,83€ a 59,60€.

Familia numerosa Especial

Además de la bonificación indicada anteriormente, dispondrá de hasta 30 m3/bimestre realizados en el tercer bloque a precios tarifarios del segundo bloque. En el caso de una vivienda habitual con un consumo igual o inferior a 80 m3/bimestre (hasta 1.333 litros al día) y contador de 15 mm tendría una factura de 96,27€ al bimestre, mientras que sin la bonificación la factura sería de 157,61€; es decir, el ahorro es de 61,34€.

Por vivienda numerosa

¿Qué se bonifica?

Vivienda habitada por 5 a 7 personas

Pagará el consumo realizado en el segundo bloque tarifario a precios del primero y, además, disfrutará de una reducción del importe de la parte variable de la factura en un 10%. Por ejemplo, una vivienda con esta tipología de habitantes con consumo de 50m3 al bimestre (hasta 833 litros al día) y contador de 15 mm, tendría un ahorro de 15,23€; es decir, pasaría de pagar 74,83€ a 59,60€, ya aplicada la bonificación.

Vivienda habitada por más de 7 personas

Además de las bonificaciones indicadas hasta ahora, dispondrá de hasta 30m3/bimestre realizados en el tercer bloque a precios tarifarios del segundo bloque. Por ejemplo, para una vivienda de esta tipología con consumo de 80m3 al bimestre (hasta 1.333 litros al día) y contador de 15 mm, tendría un ahorro de 61,34€, pagando 96,27€ frente a los 157,61 sin bonificación.


Debe saber que las bonificaciones por familia y por vivienda numerosa no pueden aplicarse de forma simultánea


Nota: Los importes reflejados incluyen I.V.A. El período considerado está compuesto por 60 días, en invierno. Se han considerado los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración prestados por Canal en un municipio sin ninguna cuota suplementaria.


Por ahorro de consumo

¿Qué se bonifica?

Se aplicará una sola vez, durante el segundo bimestre del año, una reducción del 10% del importe del ahorro realizado en la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración.

Por COVID-19 (Comercios e industrias afectados por reducción significativa de la actividad)

¿Qué se bonifica?

Bonificación en suministros individuales

Se bonificará:

1. El 100 por 100 de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, desde la fecha de entrada en vigor del estado de alarma y mientras éste permanezca vigente.

2. El 50 por 100 de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, desde la fecha de finalización del estado de alarma y durante un período de seis meses.

3. El 25 por 100 de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, desde la fecha de finalización del período anterior y durante un período adicional de seis meses.

Bonificación en suministros colectivos (pluriviviendas)

Para suministros destinados a pluriviviendas, cuando uno o varios inmuebles de la finca suministrada estén destinados a usos comerciales o industriales, por cada uno de estos inmuebles con derecho a esta bonificación, ésta se aplicará según lo especificado en el punto anterior, en la parte que proporcionalmente corresponda a cada inmueble.

¿Cuándo se aplica la bonificación?

Una vez recibamos la solicitud, se aplicará con efectos de la fecha de entrada en vigor del estado de alarma (14/03/2020), y se extenderá durante toda su duración, con dos periodos posteriores de 6 meses, con las cuantías indicadas en el apartado anterior.


Por COVID-19 (Personas en situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo)

¿Qué se bonifica?

Bonificación en suministros individuales a viviendas

Para suministros domésticos individuales destinados exclusivamente a viviendas, la exención consiste en la bonificación del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración que corresponda facturar a precios unitarios del primer bloque o tramo de consumo (hasta 25 metros cúbicos al bimestre).

Asimismo, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio.

Esto significa que, para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

Bonificación en suministros colectivos (pluriviviendas)

Para suministros destinados a pluriviviendas en las que exista alguna vivienda con derecho a esta exención, ésta consistirá en la bonificación, por cada vivienda con este derecho, del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración por un consumo máximo de 25 metros cúbicos al bimestre (equivalente a un consumo medio diario de 417 litros).

Asimismo, por cada vivienda con derecho a esta exención, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio que proporcionalmente corresponda a cada vivienda.

Esto significa que, para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

¿Cuándo se aplica la bonificación del canal?

La bonificación se aplicará durante el período en que se mantenga la situación de desempleo indicada para el caso de los trabajadores afectados por un ERTE.

Esta bonificación será compatible con la bonificación por familia numerosa o vivienda numerosa.

Por COVID-19 (Autónomos que han visto afectada su actividad)

¿Qué se bonifica?

Bonificación en suministros individuales a viviendas

Para suministros domésticos individuales destinados exclusivamente a viviendas, la exención consiste en la bonificación del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración que corresponda facturar a precios unitarios del primer bloque o tramo de consumo (hasta 25 metros cúbicos al bimestre).

Asimismo, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio.

Esto significa que, para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

Bonificación en suministros colectivos (pluriviviendas)

Para suministros destinados a pluriviviendas en las que exista alguna vivienda con derecho a esta exención, ésta consistirá en la bonificación, por cada vivienda con este derecho, del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración por un consumo máximo de 25 metros cúbicos al bimestre (equivalente a un consumo medio diario de 417 litros).

Asimismo, por cada vivienda con derecho a esta exención, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio que proporcionalmente corresponda a cada vivienda.

Esto significa que, para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

¿Cuándo se aplican las bonificaciones del Canal de Isabel II?

Para el caso de los trabajadores autónomos, la bonificación se aplicará mientras dure la situación de estado de alarma, y en todo caso, durante un plazo máximo de tres meses desde el inicio de dicha situación, sin perjuicio de que pueda determinarse mediante Orden complementaria la ampliación del plazo de aplicación indicado.

Esta bonificación será compatible con la bonificación por familia numerosa o vivienda numerosa.


Por COVID-19 (Suministros destinados a instalaciones en que la Administración Pública haya acordado su habilitación para usos sanitarios o funerarios)

(Canal de Isabel II tramitará de oficio esta bonificación, aplicándola al listado de empresas que tengan derecho a la misma y que es facilitado por la Comunidad de Madrid)

¿Qué se bonifica?

Se bonificará el importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración que corresponda facturar.

Asimismo, se bonificará el 100% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio.

Esto significa que el beneficiario no tendrá que abonar importe alguno por la factura de consumo de agua mientras sea de aplicación la bonificación.

¿Cuándo se aplica la bonificación?

Durante todo el periodo en que el local sea destinado a los usos mencionados.

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Canal Isabell II